viernes, 22 de noviembre de 2013

Dirección de validez Nacional de Títulos y Estudios

Ingresando a la página de la Dirección de Validez Nacional de Títulos y Estudios podrás acceder a información referente a:

  • Validez Nacional
  • Sistema Federal de Títulos
  • Reconocimiento de Estudios Extranjeros
  • Recomendaciones (para quienes desean estudiar en Argentina, en el exterior, acerca de la movilidad en la educación obligatoria, estructuras educativas y sistema de promoción y calificación).

Ley de Educación Superior 24.521



Capítulo 3 - Sección 2

Régimen de Títulos



Artículo 40º - Corresponde exclusivamente a las instituciones universitarias otorgar el título de grado de licenciado y títulos profesionales equivalentes, así como los títulos de posgrado de magisterio y doctor.

Artículo 41º - El reconocimiento oficial de los títulos que expidan las instituciones universitarias será otorgado por le Ministerio de Educación. Los títulos oficialmente reconocidos tendrán validez nacional.

Artículo 42º - Los títulos con reconocimiento oficial certificará la formación académica recibida y habilitará para el ejercicio profesional respectivo en todo el territorio nacional, sin perjuicio del poder de policía sobre las profesiones que corresponde a las provincias. Los conocimientos y capacidades que tales títulos certifican, así como las actividades para las que tienen competencia sus poseedores, serán fijados y dados a conocer por las instituciones universitarias, debiendo los respectivos planes de estudio respetar la carga horaria mínima que para ello fije el Ministerio de Educación, en acuerdo con el Consejo de Universidades.

Artículo 43º - Cuando se trate de títulos correspondientes a profesionales reguladas por el Estado, cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes, se requerirá que se respeten, además de la carga horaria a la que hace referencia el artículo anterior, los siguientes requisitos:
a) Los planes de estudio deberán tener en cuenta los contenidos curriculares básicos y los criterios sobre intensidad de la formación práctica que establezca el Ministerio de Educación, en acuerdo con el Consejo de Universidades;
b) Las carreras respectivas deberán ser acreditadas periódicamente por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria o por entidades privadas constituidas con ese fin debidamente reconocidas.

El Ministerio de Educación determinará con criterio estrictivo, en acuerdo con el Consejo de universidades, la nómina de tales títulos, así como las actividades profesionales reservadas exclusivamente para ellos.

Reconocimiento oficial de Títulos Universitarios

Los títulos con reconocimiento oficial certifican la formación académica recibida y habilitan para el ejercicio profesional respectivo en todo el territorio nacional sin perjuicio del poder de policía sobre las profesiones que corresponde a las provincias.

El Ministerio de Educación, otorga el reconocimiento oficial a los títulos que expiden las instituciones universitarias. Los títulos oficialmente reconocidos tienen validez nacional, tal lo expresado en la Ley de Educación Superior N° 24521/95 en su artículo 41°.
Los títulos de profesiones reguladas por el Estado, cuyo ejercicio puede comprometer el interés público poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes (tal el caso de los títulos de Médico, Arquitecto, Ingeniero Civil, Ingeniero Industrial, Farmacéutico, Bioquímico, Odontólogo, Psicólogo, etc.) poseen incumbencias profesionales  exclusivas fijadas por el Ministerio de Educación quien determina a la vez, qué títulos requieren incumbencias fijadas por el Estado. Para los restantes títulos, los alcances profesionales son fijados por las propias instituciones universitarias. Pero, en ambos casos, el reconocimiento oficial del título es condición necesaria para que éstos tengan validez nacional.
Consultar el listado de los títulos expedidos por instituciones universitarias oficialmente reconocidos y que, en consecuencia, tiene validez nacional.

Otras funciones de la Dirección Nacional de Gestión Universitaria:
  • Evaluar solicitudes de reconocimiento oficial y validez nacional de títulos de instituciones universitarias nacionales y privadas.
  • Asesorar a las instituciones universitarias en materia curricular.
  • Legalizar las firmas de las máximas autoridades de las instituciones universitarias a modo de certificar los títulos y certificados analíticos que ellas expiden.
  • Evaluar las solicitudes de creación de nuevas instituciones universitarias.
  • Realizar el seguimiento y fiscalización de las instituciones universitarias con autorización provisoria.
  • Convalidar los estudios extranjeros terminales de Educación Superior Universitaria (sólo para países que sostienen un convenio con la Argentina para tal fin).
  • Autorizar para el ejercicio profesional a estudiantes extranjeros que ingresan a universidades nacionales sin residencia en el país.
  • Gestionar la admisión de Personal de Representaciones Diplomáticas en las Universidades Nacionales.
Contacto
Dirección Nacional de Gestión Universitaria
Director:
Lic. Jorge Steiman
Domicilio:
Santa Fe 1548 – PISO 12
Teléfonos:
4129-1967/8/9
Correo electrónico:
dngupriv@me.gov.ar

Para más información sobre este y otros temas consulte la Guía de trámites de la Secretaría de Políticas Universitarias.

jueves, 21 de noviembre de 2013

Distritos Educativos (Neuquén)

Dirección Provincial de Distritos Regionales Educativos
Nelida del Carmen Basualdo
Tel: (0299) - 4494200 int. 4243/4256/4257
DISTRITO REGIONAL I CONFLUENCIA
Dir. Gral. BERDUGO Claudia
Santa Fe 831. Esquina Bruno Ramírez
Tel. (0299)4484761/4425381
Dir. Adm. BELTRAN Andrea
Dir. RRHH ARRIAGADA Santiago
distrito1@neuquen.gov.ar
DISTRITO REGIONAL II CUTRAL CO
Dir. Gral. PAINEMILLA Nancy
Campamento Central S/N Ex adm. chica YPF.Plaza Huincul.
Tel. (0299)4960932/4967497
Dir. Adm. GIACOVONI Maria Eva
Dir. RRHHH VIZCARRA Veronica Daniela
distrito2@neuquen.gov.ar
DISTRITO REGIONAL III ZAPALA
Dir. Gral. SANTOCHI Cesar
Ceballos y Olascoaga
Tel. (02942)421134/421345
Dir. Adm. INOSTROZA Gustavo
Dir. RRHH SAMBUEZA Miguel
distrito3@neuquen.gov.ar
DISTRITO REGIONAL IV JUNIN DE LOS ANDES
Dir. Gral. ALARCON RIGOTTI Alejandra
Olavarria y San Martín
Tel. (02972)491200/491273
Dir. Adm. SALAZAR Javier
Dir. RRHHH DIAZ Rene
distrito4@neuquen.gov.ar
DELEGACIÓN ALUMINÉ
Resp. Adm. NACIMIENTO Analia
Tel. (02942)496198/496637
www.distritoiv.gov.ar
DISTRITO REGIONAL V CHOSMALAL
Dir. Gral. VELAZQUEZ María Eugenia
Olascoaga y J. Newbery
Tel. (02948)421202/421272
Dir. Adm. MERCADO Americo
Dir. RRHH BEJARES Norma
distrito5@neuquen.gov.ar
DISTRITO REGIONAL VI CENTENARIO
Dir. Gral. ROMERO Gerardo
Fotheringan 45
Tel. (0299)4898671/4894070
Dir. Adm. GHIO Claudio
Dir. RRHHH PEREYRA Alejandra
distrito6@neuquen.gov.ar
DELEGACIÓN RINCÓN DE LOS SAUCES
Resp. Adm. MALASPINA Claudia
DISTRITO REGIONAL VII LONCOPUÉ
Dir. Gral. GUEVARA Rodolfo
David Almendra S/N y Gob. Rodríguez
Tel. (02948)498026/498178
Dir. Adm. RUIZ Nestor
Dir. RRHH FUENTES Héctor
distrito7@neuquen.gov.ar
DISTRITO REGIONAL VIII CONF. II
Dir. Gral. MAGGIO Lisandro
Brentana 468
Tel. (0299)4471794/4423873/4430453
Dir. Adm. FERNANDEZ Daniel
Dir. RRHHH ANDERSON Edith
distrito8@neuquen.gov.ar
DISTRITO REGIONAL IX SAN MARTÍN DE LOS ANDES
Dir. Gral. LOPINTO Germán
Capitán Drury 545
Tel. (02972)429385
Dir. Adm. GRASSI Daniela
Dir. RRHH MUÑOZ Carlos
545-hsaez@neuquen.gov.ar
DELEGACIÓN VILLA LA ANGOSTURA
Resp. Adm. SANDOVAL GARCIA Mónica
DISTRITO REGIONAL X PLOTTIER
Dir. Gral. BETANCUR Gilberto
Buenos Aires 412
Tel. (0299)4938517/4938518
Dir. Adm. GAGO Angel David
Dir. RRHHH MENDOZA Claudio Alejandro
betobeta_08@hotmail.com

Dirección de Nivel Medio Provincia del Neuquén

Prof. A/C: Lambert Andrea Norma
Asesores: Marcelo Farinaccio - Laura García
Departamento de Despacho y Mesa de Entradas
Laino Ricardo Claudio
Telefonos: (0299) - 449-4200 int. 4229-4230
Dirección: Colón y Belgrano
direcciondemedia@hotmail.com

Consejos Escolares

Ponemos a disposición las direcciones de Consejos escolares de la provincia de Río Negro
(Clic en cada dirección para abrir el enlace)


Direcciones de educación (Río Negro)

Ponemos a disposición las distintas direcciones de educación de la provincia de Río Negro
(clic en cada dirección par abrir el enlace)

Asistencia Técnica
Becas ex combatientes
Becas Nacionales
Centro de Actividades Juveniles - CAJ
Departamento de Salud en la Escuela
Educación Especial
Educación Física y Deportes
Educacion Permanente de Jóvenes y Adultos
Educación Privada
Educación Rural y Residencias
Educación Sexual Integral
Educación Técnica
Feria de Cs. y Tecnologias
Movilidad
Plan de Lectura
Plan de Mejora
Plan Fines
Programa Conectar Igualdad
PROMEDU II
PROMER
Residencias Escolares
Socioeducativo

¿Dónde me inscribo? (Sólo Río Negro)

Para conocer a qué delegación corresponde la localidad en la que vivís, te recomendamos utilizar el siguiente mapa:

ANEXO - Supervisiones Nivel Inicial y Primario (Río Negro)


EDUCACIÓN INICIAL

Andina zona I San Carlos de Bariloche
siand1@educacion.rionegro.gov.ar
Gladis Orejuela

Andina zona II San Carlos de Bariloche
siand2@educacion.rionegro.gov.ar
Martha Vallejos

Andina Sur- Zona I El Bolsón
siandsz1@educacion.rionegro.gov.ar
María Elena Onsalo

Atlántica Zona I San Antonio Oste
siatlz1@educacion.rionegro.gov.ar
Mariana Pinotti

AVC I – zona I Cipolletti
siavc1z1@educacion.rionegro.gov.ar
Liliana Basile

AVC I – zona II Cipolletti
siavc1z2@educacion.rionegro.gov.ar
Cecilia Iglesias

AVC II – zona I Allen
siavc2z1@educacion.rionegro.gov.ar
Cristina Diomedi

AVE I – zona I General Roca
siave1z1@educacion.rionegro.gov.ar
Adriana Dolza

AVE I – zona II General Roca
siave1z2@educacion.rionegro.gov.ar
Stella Colman

AVE I – zona III General Roca
siave1z3@educacion.rionegro.gov.ar
Norma Trovarelli

AVE II – zona I Villa Regina
siave2z1@educacion.rionegro.gov.ar
Graciela Quiroga

AVO – zona I Cinco Saltos
siavoz1@educacion.rionegro.gov.ar
Cristina Avila

SUR I – zona I Ingeniero Jacobacci
sisur1z1@educacion.rionegro.gov.ar
Norma Ruiz

SUR II – zona I Los Menucos
sisur2z1@educacion.rionegro.gov.ar
Mabel Tancredi

Valle Inferior – zona I Viedma
sivinfz1@educacion.rionegro.gov.ar
Horacio Marzetti

Valle Inferior – zona II Viedma
sivinfz2@educacion.rionegro.gov.ar
Ana María Dos Santos

Valle medio I – zona I Choele Choel
sivmed1z1@educacion.rionegro.gov.ar
Nelly Collino

Valle medio II – zona I Río Colorado
sivmed2z1@educacion.rionegro.gov.ar
Marisa Pérez


EDUCACIÓN PRIMARIA

Valle Inferior II Viedma
Gladys Arcidiacomo

Valle Inferior I Viedma
Beatriz Maureira

Valle Inferior III General Conesa
María Beatriz Lavayén

Atlántica I San Antonio Oeste
Ángel Atilio Salinas

Atlántica II Sierra Grande
Adriana Colos

Sur 2 Sierra Colorada
Eduardo Riavitz

Sur 2 II Maquincaho
Adriana Peña

Sur II Comallo
Bibiana Favre

Sur 2 II Ingeniero Jacobacci
Mirian Camiña

Andina I Bariloche
Mariela de las Nieves Candia

Andina II Bariloche
Nélida Cayún

Andina III Bariloche
Maria Rosa Murad

Andina IV Bariloche
Alicia Piacenza

Andina Sur I El Bolsón
Graciela Tscherig

Andina Sur II El Bolsón
Myriam Aguilar

Alto Valle Oeste 2 Catriel
Elmas Zarzur

Alto Valle Oeste 1-I Cinco Saltos
Nora Leguiza

AVO 1 II Cinco Saltos
José Cayetano Cortéz

AVC 1 I Cinco Saltos
Fernando Russo

AVC 1 II Cipolletti
Stella Maris Seibell

AVC 1 III Cipolletti
Cecilia Rodriguez

AVC 2 I Allen
Diana Vagnoni

AVC 2 II Allen
Analhí Morales

AVE 1 I General Roca
Miguel Angel Barreto

AVE 1 II General Roca
Mónica Majo

AVE 1 III General Roca
Claudia Cuttini

AVE 2 I Villa Regina
Elizabeth Niebla

AVE 2 II Villa Regina
Elsa Cañizo

Valle Medio 1 I Choele Choel
Nora Prieto

Valle Medio II Choele Choel
Sonia Piermarocchi

Valle Medio 2 Río Colorado
Ricardo Avilé

Referencias - Supervisiones (Río Negro)


EDUCACIÓN SECUNDARIA 

Zona Andina I Bariloche
Jorge Lucero

Zona Andina II Bariloche
Norma Martínez

Zona Andina III Bariloche
Fany Montes

Zona Atlántica I
Elsa Mondello

Zona Alto Valle Este I General Roca
Sandra Schieroni

Alto Valle Este I Zona II General Roca
Daniel Vitullo

Alto Valle centro I Zona I Cipolletti
Adriana Calí

Alto Valle Centro I Zona II Cipolletti
Evelin Arias

Valle Medio I Choele Choel
Antonio Vercellone

Valle Inferior Zona I Viedma
Walter Sandoval

Valle Inferior Zona II
Graciela Martinelli

Sur II Los Menucos
Soraya Yauhar

Alto Valle Este I Zona III General Roca
Marcela Guidetto

Alto Valle Oeste I Cinco Saltos
Adriana Palacios

Alto Valle Oeste Zona I Catriel
Norma Lemoine

Valle Medio II Zona I Río Colorado
Marta Tellechea

Valle Medio I Zona I Chole Choel
Silvia Constantino

EDUCACIÓN PERMANENTE DE JÓVENES Y ADULTOS 

Alto Valle Este I Choele Choel
Dáscanio Silvia Nerina

Zona II San Antonio Oeste
Pioli, Mónica Atlantica

III San Carlos de Bariloche
Napal Adriana Andina

Alto Valle Este IV
Villa Regina
Ludueña Rita

Alto Valle Centro V
Cipolletti
López Carlos Ramón


ESCUELAS PRIVADAS

  • Zona Atlántica, Valle Inferior - Supervisor: Pablo Pérez
  • Zona Andina, Andina Sur - Supervisora: Marisa Izuel
  • Zona AVE I - AVC I y II - AVO - Supervisora: Norma González


EDUCACIÓN ESPECIAL

  • Supervision de Educacion Especial - AVE I y II - ZONA III - Gral. Roca: Norma Weber
  • Supervision de Educacion Especial - Andina - ZONA v – Bariloche : Marcelo Canevari
  • Supervision de Educacion Especial - Atlantica - Valle Inferior - sur ii - Sierra grande: Vicenta Paez
  • Supervision de Educacion Especial - Avo - Zona IV - Cinco Saltos: Cristina Calvo
  • Supervision de Educacion Especial - Valle Medio I y II - Valle Inferior - Zona II - Choele Choel: Daniela Lombardocia


ESCUELAS RURALES, HOGARES Y RESIDENCIAS

  • Sur 1I Comallo - Bibiana Emilia Favre
  • Sur 2 Sierra Colorada - Eduardo Riavitz


Si te interesa conocer las referencias a Supervisión de nivel inicial y primario, hacé clic acá

Normativas - Junta de clasificación (Río Negro)


INGRESO A LA DOCENCIA

Res.N°1080/92 Res. Nº 100/95
CAV VI DEL ESTATUTO: Del Ingreso a la Docencia.
Se toma como base la Res. 1700/92 ó la que se elabora en cada caso.
Se designa con los listados que se emiten según los casos.
Hay tres llamados:
Primer llamado: sólo TITULO DOCENTE.
Segundo llamado: Sólo TITULO DOCENTE.
Tercer llamado: TITULO DOCENTE – TITULO HABILITANTE – TITULOS SUPLETORIOS.
EN SEGUNDA INSTANCIA idóneos SEGÚN PUNTO 17 Res.1080/92 t/o 100/95

TRASLADOS Y PERMUTAS

  • Traslados provisorios
Documentación que debe remitir el aspirante:
Para solicitar el traslado deberá cumplirse las condiciones determinadas por el Artículo Nº 33 - Ley 391
    • Fotocopia autenticada de los dos últimos conceptos profesionales (no inferior a BUENO).
    • Declaración jurada de cargos y actividades(un original).
    • Certificación de Servicios en la cual conste no estar cumpliendo Sanción Disciplinaria ni encontrarse bajo Sumario, expedida por la Dirección del Establecimiento.
    • Documentación que acredite la causal invocada. Las razones por la que tienen derecho a solicitar traslado figuran en el punto 3 Anexo I Res. Nº 332/77
Los Traslados Provisorios podrán solicitarse durante todo el año, y se harán efectivo en
cualquier momento, excepto en los dos ultimo meses del ciclo electivo.
El trámite se debe realizar siguiendo la vía jerárquica (Director-Supervisor-Junta).
El Traslado Provisorio se concede hasta el 31 de diciembre del año en curso.
La renovación deberá gestionarse en Octubre.
De persistir la causal invocada, deberá solicitarse la renovación del traslado
provisorio durante el mes de octubre de cada año, remitiendo la documentación
avalatoria.
Sin perjuicio de ello el aspirante, deberá solicitar el traslado definitivo durante
los movimientos correspondientes de publicación de vacantes.
TENER UN TRASLADO PROVISORIO NO GENERA DERECHOS EXTRAORDINARIOS O EXCEPCIONALES PARA EL TRASLADO DEFINITIVO
  • Traslados Interjurisdiccionales
Res.N° 1117/73

    • Titulo docente. Fotocopia autenticada
    • DNI
    • Declaración Jurada de Cargos y Actividades (un original).
    • Certificación de Servicio en la cual conste no estar cumpliendo Sanción Disciplinaria ni encontrarse bajo Sumario, expedida por la Dirección del Establecimiento.
    • Conceptos Profesionales de los dos últimos años.(No inferior a Bueno
    • Documentación que acredite la causal debidamente fundamentada .

    • Por razones de unidad del vínculo conyugal lo que se determinará por el Traslado del Cónyuge en su tarea o profesión.
    • Por razones de salud que requieran necesariamente el traslado y no puedan ser resueltas en el ámbito de origen y siempre que éste implique la incorporación del docente a la actividad.
    • Por otras causales no contempladas anteriormente pero sí debidamente justificadas previo acuerdo con la autoridad competente de la Jurisdicción territorial de destino.


    • Ser docente Titular en actividad en Establecimientos u Organismos educativos oficiales.
    • Solicitar cambio de destino en el mismo nivel y modalidad y análoga o menor jerarquía, categoría y función.
    • No estar en uso de licencias (salvo por razones de salud-razones de unidad familiar)
    • Tener Concepto Profesional NO inferior a BUENO o su equivalente en los DOS últimos años en que hubiera sido clasificado y NO haber sido sancionado con suspensión u otra medida disciplinaria mayor en el año de gestión de traslado.
    • Poseer título en las condiciones exigidas en la Jurisdicción Territorial de destino.
    • Acreditar más de DOS años de antigüedad como Titular en el cargo.
      ** En caso de haber ganado horas o cargos por Acrecentamiento y/o Acumulación sin haber efectivizado la toma de posesión estas no podrán ser incluidas en el Traslado definitivo.
  • Permutas Provinciales
LEY 391-CAP.XII - Res Nº 1117/73 - Formulario
Pueden permutar docentes TITULARES en ejercicio efectivo de su cargo / asignatura.
Adjuntar fotocopias del o títulos.
Las Horas Cátedras y/o cargos a permutar deben ser de igual jerarquía y categoría.
NO PODRAN hacerse efectiva en los dos últimos meses del curso escolar.
Certificación de Servicio en la cual conste No estar cumpliendo Sanción Disciplinaria, expedida por la Dirección del establecimiento.
Tener Concepto Profesional No inferior a BUENO, en los dos últimos años previos a la Permuta.
Completar las solicitudes respectivas, que deberán elevarse en forma conjunta por los docentes a Permutar y ser avaladas por las Direcciones de los establecimientos.
Adjuntar fotocopia de los dos últimos conceptos.
Presentas las mismas ante la Autoridad de UNO de los establecimientos.
  • Permutas Interjurisdiccionales
Pueden PERMUTAR:
Entre docentes TITULARES en ejercicio efectivo.

CONDICIONES PARA PERMUTAR

Los cargos a permutar entre sí deben ser de igual cargo, jerarquía y categoría.
No estar bajo sumario ó investigación sumaria, ni cumpliendo sanción Disciplinaria.
Tener conceptos Profesionales NO inferior a BUENO, en los dos últimos años.
Las permutas podrán solicitarse durante todo el año, y se harán efectiva en cualquier momento, excepto en los dos últimos meses del período lectivo.
Toma de posesión inmediata al notificarse de la Resolución.
 

REINCORPORACIÓN A LA DOCENCIA ACTIVA

Res. Nº 1221/96 y Nº 2909/05 Formulario Res. Nº 4579/04

Qué se debe remitir:

* D.N.I.
* Título para el cargo
* Resolución de aceptación de renuncia
* Cinco últimos conceptos profesionales (de los cuales 3 deben constar desempeño como titular)
* Constancia de haber prestado servicio en la docencia provincial durante 5 años como mínimo (de los cuales 3 deben constar desempeño como titular)
* Exámen de aptitud psicofísico de salud laboral anterior a la ubicación del docente
* Aceptación escrita de las horas o cargos ofrecidas por la J. C. E. S. de acuerdo a las vacantes disponibles

Trámite directamente ante la Junta y en cualquier época del año.

ACRECENTAMIENTO Y ACUMULACIÓN

Res. Nº 1183/88 - Formulario Nº 4579/04

Qué se debe presentar:

  • Fotocopia autenticada de los dos últimos conceptos profesionales (no inferior a BUENO).
  • Declaración jurada de cargos y actividades (un original).
  • Certificación de Servicios en la cual conste no estar cumpliendo Sanción Disciplinaria ni encontrarse bajo Sumario, expedida por cada Establecimiento. - La certificación de servicios de otra jurisdicción se debe autenticar por la máxima autoridad de la Provincia.
  • Los idóneos solo pueden acrecentar en la horas cátedras en que son titulares
  • Se hacen cargo según el calendario escolar. El otorgamiento está en relación directa con la antiguedad que poseen los agentes habilitantes e idóneos.

ACUMULACIÓN

Res. Nº 1451/00 - Res. Nº 3456/99 Res. - Nº 2249/99 - Res. Nº 4579/04 Formulario Nº 4579/04

Qué se debe presentar:

  • Fotocopia del título docente para el cargo
  • Declaración jurada de cargos y actividades (un original).
  • Certificación de Servicios en la cual conste no estar cumpliendo Sanción Disciplinaria ni encontrarse bajo Sumario, expedida por cada Establecimiento. La certificación de servicios de otra jurisdicción se debe autenticar por la máxima autoridad de la Provincia.
  • Se utiliza la misma planilla que para Acrecentamiento, tachando lo que no correponda. El otorgamiento está en relación directa con la antiguedad que poseen los agentes habilitantes e idóneos.

Formularios - Descargas


Junta de Clasificación de Enseñanza Secundaria

Formularios

Planilla de inscripcion interinato y suplencias - Concurso de ingreso a la docencia
Solicitud de reincorporación
Planilla de reubicación
Formulario de Traslado
Solicitud de permuta
Certificación de servicios
Concurso de acrecentamiento o acumulación

Preguntas más frecuentes

PROCEDIMIENTOS QUE REALIZA LA JUNTA DE CLASIFICACION ENSEÑANZA SECUNDARIA
Ley 391-Cap. II. de los Deberes y Derechos del Docente
  •     REUBICACIONES Y TRASLADOS
  •     PERMUTAS
  •     ACRECENTAMIENTO Y ACUMULACION
  •     REINCORPORACION A LA DOCENCIA ACTIVA
  •     EMISIÓN DE LOS LISTADOS DE REEMPLAZOS TRANSITORIOS

Sobre Asambleas Presenciales dirigirse a:
Supervisiones - Dirección de Nivel Medio

Sobre Designaciones dirigirse a:
Supervisiones - Dirección de Nivel Medio

Sobre Compatibilidad dirigirse a:
Supervisiones - Dirección de Nivel Medio
Dirección General de Persona

Sobre Certificación total de desempeño docente en la Provincia dirigirse a:
Dirección General de Personal

Sobre Certificación de Servicios Por Establecimiento dirigirse a:
Director de Establecimiento - Supervisor Zonal o Dirección de nivel según corresponda
Comisión de Títulos

miércoles, 13 de noviembre de 2013

Supervisión de Nivel Medio (General Roca)



Preguntas



¿Para qué afiliarse al Sindicato?

¿Qué ofrece el Sindicato a los afiliados?

¿Los afiliados al Sindicato cuentan con cobertura de salud?

¿Existen capacitaciones para los afiliados al Sindicato?

¿Quienes son los vocales gremiales?

Estatuto (Neuquén)



ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA EDUCACION DEL NEUQUEN (ATEN)

“La única lucha que se pierde es la que se abandona” (Che Guevara)
Se constituyó como asociación gremial con carácter permanente para la defensa de los intereses gremiales el 22 de agosto de 1982.
Agrupa gremialmente a personal técnico, docente, administrativo y auxiliar dependientes de los organismos educativos de la provincia del Neuquén.
El estatuto establece los requisitos de admisión de los afiliados como así también que mantendrán su afiliación los jubilados, los asociados que presten servicio militar, los asociados que interrumpan la prestación de tareas por invalidez, accidente o enfermedad y en el caso de los trabajadores que quedaren desocupados podrán conservar su afiliación hasta una vez transcurrido seis meses de la ruptura de la relación laboral.
Los asociados deberán cumplir con algunas obligaciones:
-Abonar puntualmente la cuota sindical.
-Aceptar los cargos para los que fuera designado, salvo casos de fuerza mayor.
-Dar cuenta a la secretaría de los cambios de domicilio o lugar de trabajo.
-Respetar la persona y opinión de los otros afiliados.
-Mantener su condición de afiliado en caso de despido arbitrario hasta tanto se substancien los trámites promovidos por la organización ante los organismos que correspondan.
-Abstenerse de realizar trámites que den motivo a sanción disciplinaria.
-Concurrir a las asambleas que se realicen y participar en toda otra manifestación que haga a los intereses de los afiliados.
Los órganos de dirección y administración son:
-La Asamblea Ordinaria y Extraordinaria
-La Comisión Directiva
-La Comisión Revisora de Cuentas